La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ratifica las medidas adoptadas con carácter temporal por la Orden de 8 mayo de 2021 de la Consejería de Salud para la contención y control de la epidemia ocasionada por el virus del SARS-CoV-2.
En concreto, en las reuniones de carácter informal y no reglado se permitirán agrupaciones de un máximo de seis personas, tanto en espacios públicos como privados, salvo convivientes en cuyo caso no habrá límites. Y también se establece una restricción en los lugares de culto, al fijar un aforo máximo permitido de un 75% y, adicionalmente, en el caso de las ceremonias un máximo de 50 personas en el interior.
La Comunidad Autónoma solicitó el pasado lunes la ratificació…